El acceso a la justicia para los Pueblos y Comunidades Indígenas de México sigue siendo un asunto pendiente. Si la impartición de justicia, como lo establece el artículo 17 de la Constitución en su párrafo segundo "Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial.", tiene serias dificultades para su plena aplicación a la mayoría de los ciudadanos, el acceso a la justicia de la población indígena es aún más difícil y precario.
En este rubro, la problemática es amplia y compleja: Discriminación; vejaciones y abusos en los procedimientos de impartición de justicia; falta de intérpretes y defensores que hablen la lengua y conozcan la cultura indígena, para tener una adecuada defensa en juicio; falta de denuncias legales sobre delitos cometidos contra indígenas; procedimientos jurisdiccionales lentos; juicios cargados de irregularidades; sentencias severas sin proporción con el delito cometido; ignorancia de los sistemas normativos y usos y costumbres del derecho indígena; creación y operación de instituciones para indígenas sin debidos procesos de consulta.